martes, 5 de febrero de 2013

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer


Parte I

Artículo 1

A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Artículo 2

Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:
a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio;
b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer;
c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación;
d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;
e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas;
f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer;
g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discriminación contra la mujer.

Artículo 3

Los Estados Partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

Artículo 4

1. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer no se considerará discriminación en la forma definida en la presente Convención, pero de ningún modo entrañará, como consecuencia, el mantenimiento de normas desiguales o separadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzado los objetivos de igualdad de oportunidad y trato.
2. La adopción por los Estados Partes de medidas especiales, incluso las contenidas en la presente Convención, encaminadas a proteger la maternidad no se considerará discriminatoria.

Artículo 5

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;
b) Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos.

Artículo 6

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.

Parte II

Artículo 7

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.

Artículo 8

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales.

Artículo 9

1. Los Estados Partes otorgarán a las mujeres iguales derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad. Garantizarán, en particular, que ni el matrimonio con un extranjero ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio cambien automáticamente la nacionalidad de la esposa, la conviertan en ápatrida o la obliguen a adoptar la nacionalidad del cónyuge.
2. Los Estados Partes otorgarán a la mujer los mismos derechos que al hombre con respecto a la nacionalidad de sus hijos.

Parte III

Artículo 10

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a) Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional;
b) Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes, a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos escolares de la misma calidad;
c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza;
d) Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras subvenciones para cursar estudios;
e) Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;
f) La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que hayan dejado los estudios prematuramente;
g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación física;
h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia.

Artículo 11

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos, en particular:
a) El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
b) El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;
c) El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y al readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;
d) El derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones, y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad del trabajo;
e) El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trabajar, así como el derecho a vacaciones pagadas;
f) El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción.
2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para:
a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;
b) Implantar la licencia de maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales;
c) Alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública, especialmente mediante el fomento de la creación y desarrollo de una red de servicios destinados al cuidado de los niños;
d) Prestar protección especial a la mujer durante el embarazo en los tipos de trabajos que se haya probado puedan resultar perjudiciales para ella.
3. La legislación protectora relacionada con las cuestiones comprendidas en este artículo será examinada periódicamente a la luz de los conocimientos científicos y tecnológicos y será revisada, derogada o ampliada según corresponda.

Artículo 12

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1 supra, los Estados Partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el período posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia.

Artículo 13

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en otras esferas de la vida económica y social a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:
a) El derecho a prestaciones familiares;
b) El derecho a obtener préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero;
c) El derecho a participar en actividades de esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural.

Artículo 14

1. Los Estados Partes tendrán en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía, y tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención a la mujer en las zonas rurales.
2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a:
a) Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;
b) Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive información, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;
c) Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;
d) Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;
e) Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;
f) Participar en todas las actividades comunitarias; g) Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento;
h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

Parte IV

Artículo 15

1. Los Estados Partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley.
2. Los Estados Partes reconocerán a la mujer, en materias civiles, una capacidad jurídica idéntica a la del hombre y las mismas oportunidades para el ejercicio de esa capacidad. En particular, le reconocerán a la mujer iguales derechos para firmar contratos y administrar bienes y le dispensarán un trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes de justicia y los tribunales.
3. Los Estados Partes convienen en que todo contrato o cualquier otro instrumento privado con efecto jurídico que tienda a limitar la capacidad jurídica de la mujer se considerará nulo.
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.

Artículo 16

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
a) El mismo derecho para contraer matrimonio;
b) El mismo derecho para elegir libremente cónyuge y contraer matrimonio sólo por su libre albedrío y su pleno consentimiento;
c) Los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución;
d) Los mismos derechos y responsabilidades como progenitores, cualquiera que sea su estado civil, en materias relacionadas con sus hijos; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos; f) Los mismos derechos y responsabilidades respecto de la tutela, curatela, custodia y adopción de los hijos, o instituciones análogas cuando quiera que estos conceptos existan en la legislación nacional; en todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial;
g) Los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el derecho a elegir apellido, profesión y ocupación;
h) Los mismos derechos a cada uno de los cónyuges en materia de propiedad, compras, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, tanto a título gratuito como oneroso.
2. No tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio y hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial.

http://www2.ohchr.org/spanish/law/cedaw.htm

lunes, 28 de enero de 2013

Christine de Pizan y “La ciudad de las damas”


Antes del nacimiento del feminismo, las mujeres ya habían denunciado la situación en la que vivían por ser mujeres y las carencias que tenían que soportar. Esas quejas y denuncias no se consideran feministas puesto que no cuestionaban el origen de esa subordinación femenina. Tampoco se había articulado siquiera, un pensamiento destinado a recuperar los derechos arrebatados a las mujeres. Sin embargo, a partir del Renacimiento, que es cuando se transmite el ideal del “hombre renacentista” –que lejos de ser un ideal humano, sólo se trataba de un ideal masculino–, se abre un debate sobre la naturaleza y los deberes de los sexos. En ese debate interviene, como un precedente importante del feminismo, la obra de Christine de Pizan “La ciudad de las damas”, escrita en 1405.
Christine de Pizan es una mujer absolutamente inusual para su época. Nació en Venecia en 1364 aunque, cuando tan sólo tenía cuatro años, su familia se traslada a Francia y allí se educó y vivió hasta su muerte. Es la primera mujer escritora reconocida, dotada además de gran capacidad polémica lo que le permitió terciar en los debates literarios del momento.Christine de Pizan roturó un terrero que transitarán, además de las místicas, las humanistas del Renacimiento y destacadas poetisas.
En pleno siglo XIV, esta mujer, hija de un astrónomo, casada cuando tenía quince años con un hombre diez años mayor que ella, se queda viuda cuando apenas había cumplido los veinticinco años y al cargo de sus tres hijos, su madre anciana y una sobrina sin recursos.
En “La ciudad de las damas”, reflexiona sobre cómo sería esa ciudad donde no habría ni las guerras ni el caos promovidos por el hombre. Christine asegura que su obra nació tras haberse hecho una serie de preguntas clave. Así, relata en el primer capítulo de su Ciudad, cómo ojeando un librito muy ofensivo contra las mujeres se puso a pensar:
“Me preguntaba cuáles podrían ser las razones que llevan a tantos hombres, clérigos y laicos, a vituperar a las mujeres, criticándolas bien de palabra, bien en escritos y tratados. No es que sea cosa de un hombre o dos (…) sino que no hay texto que esté exento de misoginia. Al contrario, filósofos, poetas, moralistas, todos –y la lista sería demasiado larga–, parecen hablar con la misma voz (…) Si creemos a esos autores, la mujer sería una vasija que contiene el poso de todos los vicios y males” .
La autora decide fiarse más de su experiencia que de los escritos masculinos y con esa idea escribe “La ciudad de las Damas”. En ella, defiende la imagen positiva del cuerpo femenino, algo insólito en su época, y asegura que otra hubiera sido la historia de las mujeres si no hubiesen sido educadas por hombres. Sorprendentemente, elogia la vida independiente y escribe: “Huid, damas mías, huid del insensato amor con que os apremian. Huid de la enloquecida pasión, cuyos juegos placenteros siempre terminan en perjuicio vuestro”.
En sus libros, fundamentalmente políticos, de instrucción moral, civil y jurídica e históricos, Christine abordó temas como la violación o el acceso de las mujeres al conocimiento. Ya en su época, se la consideró como la primera mujer que se atrevió a rebatir los argumentos misóginos en defensa de los derechos de las mujeres. De Pizan falleció a los sesenta y seis años en la abadía de Passy.
La ciudad de las Damas se adjudicó a Boccaccio hasta 1786, cuando otra mujer, Louise de Kéralio, recuperó para Christine de Pizan la autoría de su libro.

Tomado de: http://nuriavarela.com/christine-de-pizan-y-la-ciudad-de-las-damas

lunes, 21 de enero de 2013

Nuestros cuerpos, nuestras vidas. Cuatro décadas por el derecho a decidir en México



La sala de exposiciones temporales del MUSEO MEMORIA Y TOLERANCIA tiene como principal objetivo complementar, desarrollar, discutir, y verificar las temáticas de la memoria y la tolerancia además de profundizar en las vertientes que emanan de éstas: la discriminación y la intolerancia en todas sus manifestaciones así como los  temas de género, migración y alteridad, entre otros. 
Se presentan tanto exhibiciones artísticas como re-visitaciones a la historia y actividades paralelas, como coloquios, encuentros, mesas redondas, seminarios y cursos planteados en conjunto con el centro educativo del museo. 

Actualmente se presenta la muestra " Nuestros cuerpos, nuestras vidas. Cuatro décadas por el derecho a decidir en México" (27 de noviembre de 2012 a Abril de 2013).

Esta muestra Propone el análisis y la reflexión sobre los prejuicios, estigmas y discriminación que sufren las mujeres que interrumpen su embarazo, al tiempo que visibiliza las irregularidades de las prácticas inseguras y las incongruentes consecuencias de la criminalización de las mujeres que toman esta decisión.

Rescata también las consignas y las exigencias de la lucha que propició la despenalización del aborto en el Distrito Federal en 2007, dedicando una importante sección a la educación sexual y a la información para la prevención de la interrupción del embarazo. La misma incluye instalaciones artísticas de la creadora mexicana Lorena Wolffer y de la argentina Ana Gallardo, así como los trabajos de las cineastas Maricarmen de Lara y Rosa Marta Fernández.

jueves, 17 de enero de 2013

RELEVO EN INMUJERES, UNA FARSA; Anayeli García Martínez

MÉXICO, D.F, (apro-cimac).- La académica, feminista y consultora en género Alicia Elena Pérez Duarte sostiene que el reciente proceso para definir la terna de candidatas a la presidencia del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) no sólo fue un ejemplo de opacidad, sino también una advertencia de que la política del Estado en materia de igualdad va en declive.
En entrevista, la investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y una de las activistas que pugnó desde 1995 por la creación de una instancia nacional a favor de la equidad de género, alerta que en este momento ese “edificio” que se empezó a construir desde hace 17 años a petición de las feministas “está en peligro”.
La experta en estudios jurídicos de género recuerda que el Inmujeres –creado el 12 de enero de 2001– es una estructura que ha logrado introducir la perspectiva de género en la administración pública federal, por lo que lamenta que “una pieza mal puesta eche a perder todo lo que se ha logrado”.
Pérez Duarte subraya que el proceso de relevo en el instituto es “oscuro, opaco y carente de información”, luego de que la Junta de Gobierno simuló una consulta ciudadana para conformar una terna de aspirantes –enviada a Enrique Peña Nieto– y en la que se integró a Lorena Cruz Sánchez, quien es defendida por la secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles, como “la candidata del Presidente”.
Cruz Sánchez fue directora del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social en el Estado de México (Cemybs), mecanismo de la Secretaría de Desarrollo Social de la entidad que sustituyó al Instituto Mexiquense de la Mujer durante la gubernatura de Peña Nieto. Según especialistas, el Cemybs tiene una visión meramente asistencialista.
Alicia Elena Pérez Duarte, exconsejera del Servicio Exterior Mexicano de 1996 a 2001, afirma que al Ejecutivo lo que le preocupa es el control de los recursos del Inmujeres, y no dar continuidad a las políticas para el desarrollo de las mexicanas.
A decir de la experta, el instituto representa fondos millonarios por lo que –aseguró– ése es el verdadero interés de colocar al frente a una persona ajena al tema de género, y sin capacidad de controlar la estructura de esta instancia.
“Hace seis años a nadie le interesaba el Inmujeres. Hoy Rosario Robles dice que fue ‘muy terso’ el nombramiento de Rocío García Gaytan (durante la gestión de Felipe Calderón). No es cierto; ella no estaba en la negociación y no puede decirlo, pero no fue tan difícil y tan oscuro como ahorita porque hace seis años no había el presupuesto que ahora hay”, insiste Pérez Duarte.
Para este año, la Cámara de Diputados aprobó al Inmujeres 756 millones 508 mil pesos, a comparación de lo asignado en 2012, que ascendió a 616 millones 201 mil pesos.

“Parodia de consulta”
“Todo el proceso (para definir la terna de candidatas) prácticamente fue tras bambalinas. Desde la toma de posesión (de Peña Nieto) no pasó nada hasta que alguien alzó la voz y dijo ‘Oye ya hay terna’”, relata Pérez Duarte.
A partir de ese momento –abunda–, decenas de mujeres preocupadas por el futuro del instituto acordaron con Rosario Robles –integrante de la Junta de Gobierno de la dependencia–, aplazar la integración de la terna hasta el pasado 10 de diciembre, sin embargo el nombramiento se congeló sólo para “bajar los ánimos”, observa la ex funcionaria.
“Nos dieron un espacio para hacer una parodia de consulta, una convocatoria que pocas personas saben dónde salió. Aun así tuvo una respuesta importante: se sumaron 18 nombres”, prosigue la también fundadora del Programa Universitario de Estudios de Género de la UNAM.
Alicia Pérez Duarte también critica que desde un inicio del proceso de selección, las consejeras del Inmujeres acordaron que en la terna estuvieran militantes de los tres principales partidos políticos, lo que en su opinión “partidiza una institución que pertenece a todas las mexicanas”.
“Ahí está la terna: Milagros (Herrero Buchanan), del PAN; Teresa (Incháustegui Romero), del PRD, y Lorena (Cruz Sánchez), del PRI. Si no es una Comisión del Congreso –cuestiona la experta–. Ninguna de las tres, desde mi punto de vista, cubre el perfil (para dirigir el instituto)”.
Incháustegui fue diputada presidenta de la Comisión Especial del Feminicidio en la pasada Legislatura, mientras que Herrero Buchanan es la actual directora de Vinculación de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
La exfiscal de delitos contra mujeres de la Procuraduría General de la República aclara que no demerita el trabajo de cada una de ellas, pero sostiene tajante que ninguna de las tres tiene las herramientas ni el peso político para dirigir el desarrollo de las mujeres a nivel nacional.
“El instituto no fue pensado como una institución partidista, y jamás me he opuesto a que la titular sea afín al Presidente. No me opondría a que fuera una priista, pero sí necesita ser una persona que pueda dialogar con el Presidente y que también genere consensos con todos los partidos y con toda la población, mujeres y hombres”.
En tono irónico, Pérez Duarte pregunta si alguien cree que Peña Nieto se decidirá por Teresa Incháustegui si como diputada lo denunció, “con justa razón”, por el feminicidio en el Edomex; o si nombrará a Milagros Herrero, quien carece de presencia política a nivel nacional y “difícilmente” podría negociar con secretarios de Estado como el titular de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.
Por eso, la especialista llama al Ejecutivo a desechar la terna y colocar a alguien con liderazgo que sepa hacer gestión política y  manejar los recursos del Inmujeres.

Bajar perfil, el objetivo 
Pérez Duarte lamenta el trato que se le da a una institución forjada por el movimiento amplio de mujeres y cuya tarea es impulsar la igualdad de oportunidades. Considera que con la eventual imposición de Lorena Cruz se lograría de facto lo que el gobierno de Peña Nieto pretendía al intentar sectorizar el Inmujeres a la Secretaría de Desarrollo Social.
“En los hechos bajarían el perfil del instituto y lo integrarían a la asistencia social”, advierte.
Como parte de la opacidad en el proceso de relevo, la académica –quien integró el expediente de la candidatura de la ex gobernadora de Yucatán Dulce María Sauri– criticó que hubiera una “instrucción clara” de la Junta de Gobierno del Inmujeres para relegar a la impulsora del Programa Nacional de la Mujer en 1995.
Autocrítica, Pérez Duarte reconoce que las feministas de la sociedad civil actuaron con dilación en el proceso de relevo, y que las consejeras del instituto fueron “permisivas” de un proceso turbio.
Concluye:
“La lucha no es contra Peña Nieto, es contra el patriarcado. Se trata de sostener y mantener (al Inmujeres)”.
http://www.proceso.com.mx/?p=330888

LA NUEVA ERA por: Victoria Sendón de León


                        

Enhorabuena ¡hemos sobrevivido! Incluso a algunos les ha tocado la lotería, lo que significa que empiezan bien la nueva era que se nos abre.

         Se habla en general de que comenzamos el baktún 14, simplemente porque ha terminado el 13, pero no es así. Los mayas tenían un sentido cíclico del tiempo, igual que los griegos y otros muchos pueblos, de aquí la importancia de este solsticio de invierno de 2012, ya que terminaba el baktún 13, que es cuando la cuenta vuelve a cero.

         Para entendernos: Un katún es un período de 20 años y 20 katunes es lo que constituye un baktún, es decir 144.000 días, aproximadamente unos 400 años. El baktún 13 ha sido muy aciago para los mayas y otros pueblos indígenas, ya que estos últimos 400 años han vivido colonizados, aunque esto no quiere decir que sus antiguas sociedades fueran idílicas: las había para todos los gustos.

         La interpretación de que entramos en una Nueva Era viene de este modo de contar y de este límite de 13 baktunes, después de los cuales es como si se reiniciara de nuevo la Historia. Pero ¿cuántos años son 13 baktunes? Pues 5.200 años. ¿No les suena de nada? Según Marija Gimbutas, la famosa arqueóloga de la Universidad de California –en la que se basó Riane Eisler para escribir El cáliz y la espada- en esas fechas comenzaron las famosas invasiones de pueblos patriarcales, que ella llama kurgos, que venían desde el norte del Mar Negro. Eran arios, eran pastores, eran guerreros, traían armas y carros de hierro, también caballos, arrasaron la vieja Europa, Asia Menor y el valle del Indo y crearon una civilización: el Patriarcado. O sea, que con este baktún 13 termina una Era que bien podría ser la patriarcal, que precisamente ahora –en su versión capitalista salvaje- retoma furia y amenaza con destruirlo todo, incluido el propio sistema que lo originó.

         Todos los síntomas apuntan a ello. Y no por predicciones apocalípticas, sino por lógica, por la más estricta lógica. La ciencia ha estudiado durante el último siglo lo que significan los sistemas complejos, que son aquellos en los que la totalidad es mucho más que la suma de las partes, ya que esa totalidad crea propiedades emergentes que no están en las partes por separado, además de que existen conexiones ocultas muy alejadas de la mera observación o de las evidencias. Pues bien, la Humanidad y nuestras diversas sociedades constituyen sistemas complejos, en los cuales cualquier crecimiento lineal está destinado al fracaso. El capitalismo está creciendo en un sentido lineal de acumulación del capital en unas pocas manos, además de hacerlo de modo exponencial, con lo que amenaza su propia existencia y acelera su destrucción. Lo veremos caer, aunque lo peor es que se nos caerá encima.

         La Iglesia Católica también avanza de modo lineal, ya que su cuenta versa sobre ‘la historia de la salvación’, es decir, desde la encarnación de Dios hasta el fin de los tiempos. Pues no, no se puede ir en contra de la Naturaleza. Y la Naturaleza nos dice, por boca de los mayas, que cada 5.200 años los cielos vuelven a dibujar una similar disposición y que la historia se renueva y recomienza, porque “como es arriba, así es abajo”. También la Iglesia debe de estar a punto de finiquitar.

         Lo del tiempo cíclico es muy fácil de entender. Las estaciones son un claro ejemplo de él. También cuando llegamos al domingo no seguimos contando linealmente, sino que ponemos la cuenta a cero y volvemos al lunes; igual cuando termina un mes comienza otro y cuando termina un año, otro. Lo que pasa es que también medimos mal, ya que según los mayas, los meses tendrían que ser de 28 días, el año tendría 13 meses y así se armonizaría el calendario solar con el lunar. Sobraría un día, que sería el ‘día sin tiempo’, que equivaldría a vivir la eternidad, el más puro presente.

         En fin, que espero que el inicio de esta Nueva Era abra los corazones y las mentes a la abundancia para todas, para todos, para todes. Y que la Madre Naturaleza nos renueve junto a Ella.

lunes, 14 de enero de 2013

Legal sexo de adultos con jóvenes


Por: Lydia Cacho
Cimacnoticias | México, DF.- 14/01/2013
En Perú el Código Penal establecía que se castigaría con una pena de entre 25 y 30 años al adulto que tuviese relaciones sexuales con personas menores de 18 años, sin importar si había consentimiento o no de parte de la o el menor.

Ahora el Tribunal Constitucional peruano decretó que las personas de entre 14 y 18 años son legalmente “titulares del derecho a la libertad sexual, como parte del libre desarrollo de la personalidad”, despenalizando así el sexo entre adultos y mayores de 14 años.

Esta decisión despertó una discusión importante, porque las leyes creadas en nuestros países no parten de una noción de integralidad jurisprudencial cuyo eje es el bien superior de la niña, el niño o el adolescente, sino en general las leyes dependen de una serie de factores subjetivos, que van desde los impulsos moralizantes de grupos religiosos que niegan el derecho a tener una vida sexual sana y libre, hasta los de quienes defienden lo que se ha denominado como el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual de niñas y jóvenes, y las voces de los propios pedófilos.

Las acotaciones en temas tan complejos son indispensables. La iniciación sexual en Perú comienza entre los 14 y 15 en la región andina y entre los 11 y 13 en la amazónica.

La mayoría de casos se da entre adolescentes, pero en la región amazónica, donde los usos y costumbres machistas aun permean, al igual que en regiones de México, las niñas de 11 y 12 años son robadas y forzadas a casarse con algún adulto que las ha elegido, con o sin consentimiento familiar.

Por otro lado está comprobado que la edad de mayor vulnerabilidad para la trata de personas, la explotación  sexual comercial, la pornografía y la prostitución forzada es entre los 13 y 18 años; justamente entre el final de la infancia y el comienzo de la pre-adultez, y son adultos quienes les inician.

Es la etapa de los ritos iniciáticos de la infancia hacia la madurez, cuando la juventud precisa de mayor apoyo y contención de personas adultas responsables de su bienestar. Aquí todo se complejiza, porque en el sano desarrollo de niñas, niños y adolescentes están involucradas las familias y la sociedad.

Pero el Estado es quien debe proteger los derechos de las personas y defenderles ante la vulnerabilidad que se incrementa por su edad o por determinadas condiciones (pobreza, abandono, violencia doméstica, discapacidades, etcétera.).

Si un niño de 13 años experimenta sexualmente con una niña de su edad, son las familias de ambos las responsables de hacerles saber las implicaciones de una vida sexual activa, desde la prevención del embarazo y las ITS, hasta lo que significa el intercambio emocional, físico y psíquico de un encuentro erótico.

La educación sobre el amor y el sexo ha sido ignorada y minusvalorada en el mundo entero. La mayoría de familias prefieren desconocer el hecho de que si no les hablan a sus adolescentes sobre las relaciones amorosas y eróticas alguien más lo hará, y ese alguien, según las estadísticas, en uno de cada 5 casos será un abusador, ya sea joven o adulto.

Vale la pena retomar el debate comprendiendo que el libre desarrollo de la personalidad, como derecho, es el reconocimiento que hace el Estado de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiera, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de terceros.

La realización de las metas personales fijadas autónomamente de acuerdo con su temperamento y carácter.

Las decisiones jurídicas deben ir acompañadas de conocimientos sobre desarrollo socio y psicosexual, porque es entre los 13 y los 18 años cuando la personalidad aún está en construcción y los cambios biológicos y psicoemocionales forman parte de un estado transicional; la personalidad se pone a prueba imitando a la adultez.

Es absurdo encarcelar a jóvenes que tienen sexo consensuado con jóvenes, pero con las estadísticas de violencia sexual contra menores de 18 años resulta indispensable hacer una ley integral que incluya prevención, igualdad, educación y penalización de la violencia.

Los jueces de Perú que despenalizaron el sexo entre adultos y menores de 18 años no especificaron si los adultos son en realidad preadultos  (18 a 24 años) y eso deja abiertas las puertas a los pedófilos.

Debieron defender el derecho a la exploración sexual entre jóvenes con las debidas acotaciones, pero prefirieron generalizar y aumentar la vulnerabilidad con vacíos legales. Los enredos de la ignorancia.

www.lydiacacho.net
Twitter: @lydiacachosi

*Plan b es una columna publicada lunes y jueves en CIMAC, El Universal y varios diarios de México. Su nombre se inspira en la creencia de que siempre hay otra manera de ver las cosas y otros temas que muy probablemente el discurso tradicional, o el Plan A, no cubrirá.

lunes, 7 de enero de 2013

Mujeres tarahumara se organizan contra violencia de género


Víctimas de agresiones por parte de sus parejas, activistas indígenas difunden la idea de que los golpes y violaciones no son normales.

Carlos Coria / Corresponsal

CHIHUAHUA, 6 de enero.- Al igual que en las grandes ciudades, como Chihuahua y Juárez, las mujeres de la Sierra Tarahumara son víctimas de la violencia de género, pero, en esta región los casos son extremos, ya que se han presentado casos de madres de familia atadas a árboles como animales, u otras que han sido lesionadas con un hacha.
Para el Instituto Chihuahuense de la Mujer (ICHIMUJE), el caso se tornó sumamente delicado, al descubrir que no se puede dar el mismo tratamiento a una mujer indígena que a una que habita en una zona rural.
Las acciones sin embargo han resultado exitosas para atender a personas y familias violentadas.
Actualmente, mujeres de la región combaten el maltrato mediante la construcción  de refugios en la sierra para proteger a quienes han sufrido algún tipo de violencia.
Dentro del Instituto Chihuahuense de la Mujer, las víctimas comentan, con dolor, el caso de una de sus compañeras que permaneció atada a un árbol en el patio de la casa de su esposo.
La rarámuri fue rescatada con lesiones físicas y sicológicas por trabajadoras sociales de la región, quienes se han dedicado a difundir los derechos de las mujeres en toda la sierra de Chihuahua.
Estos casos alertaron al Instituto de la Mujer, porque a pesar de tener los medios para ayudar a las mujeres maltratadas, la situación con las tarahumaras es completamente distinta a las de la zona urbana.
Muchas de las víctimas de estas conductas fueron llevadas a albergues y refugios en Chihuahua o Ciudad Juárez, pero no se adaptaron al tipo de vida occidental.
La labor fue dura, desalentadora e incluso  frustrante. De inmediato se dieron cuenta que la situación de las mujeres rarámuri maltratadas en la sierra es un caso peculiar.
Ellas tienden a ser extremadamente tímidas, reservadas y consideran que la violencia de sus esposos contra ellas o sus hijos, es normal.
Multiplican la igualdad
Otras mujeres víctimas propusieron una solución, y entonces caminaron kilómetros de bosque, llanuras y serranías, para apoyarlas, para empoderarlas ante la violencia masculina o machista.
Una de estas multiplicadoras es Carmen Palma Cobos, oriunda de la comunidad de San Elías, en el municipio de Bocoyna, muy cerca del poblado turístico de Creel.
“Todas somos ignorantes”, dijo tras capacitarse en el ICHIMUJ.
Carmen se armó de valor para salir a las comunidades a decirles a las mujeres que la violencia no es normal.
“Todos dicen que sí, que todas hemos sido violentadas de una u otra forma, es difícil, porque las persona que es violentada no se acerca, como que todo lo esconde, entonces tenemos que ganarnos la confianza y tenemos que ver que algo le está pasando, tenemos que buscarla”, dijo.
Como a ella, el ICHIMUJ ha capacitado a otras 19 mujeres tarahumara, las llamadas multiplicadoras.
Al respecto, Liliana Valencia, vocera del Instituto, dijo admirar a quienes que se capacitan, porque son mujeres que de inmediato se empoderan y se convierten en líderes de su comunidad.
Este diario recorrió, junto con ellas, los albergues de Bocoyna, en las comunidades de Creel y Sisoguichi.
Una de estas mujeres que rompió el hilo de la violencia es Margarita, o Mague: “Yo le digo a él, porque me golpeaba, nomás porque hay mucho alcohol, mucho pisto que toma él, pero ya con las pláticas ya no hay tanta violencia contra quienes hemos ido. Los hombres dicen que está bien que les digan que no deben golpearlas”.
Sin embargo, la tarea es difícil.
Hay que recorrer grandes distancias, kilómetros de sierra, cerros y caminos sinuosos.
Cuando se puede se hace en camión, en mulas, burros o a pie. Son cuatro comunidades que por fuerza deben visitar al año y extender sus conocimientos en contra de la violencia de género.
En otras ocasiones, deben dejar su labor, amenazadas por la violencia de los narcotraficantes.
Pero como Carmen, dicen que el esfuerzo vale la pena, porque la violencia contra la mujer indígena es un problema muy grave y desgarrador.
Otras, en solidaridad, se suman a la labor para analizar el fenómeno, se trata de Ángela Mancinas Reyes, trabajadora social, y Fabiola Rocha Valdez, sicóloga de profesión.
Ángela acompañó a la Unidad Itinerante, visitando comunidades indígenas, y quien también hace las veces de intérprete por ser oriunda de la región y descendiente de la raza tarahumara.
Ella asesora a las familias sobre salud, economía, violencia y hasta cuestiones legales.
Compartió cómo se ha complicado   esta labor: “Antes teníamos problemas porque no llegábamos a las comunidades que tenían terrenos muy quebrados o nos atascábamos, o de plano no podíamos llegar”.
Y añade: “La comunidad de Kira es la más lejana, hacíamos una hora y media, en el municipio de Batopilas y la quitamos de la ruta por la violencia y la inseguridad, por eso esa ruta la tuvimos que quitar. Pero si no vamos ellas nos hablan, y eso nos da una gran satisfacción de poder ayudar a mi gente indígena”.
Fabiola, su compañera de viajes, añadió que toma unas ocho sesiones ayudar a una mujer indígena violentada por su pareja.
La mayoría sufre de golpes, violencia sicológica e incluso la violencia sexual, la cual es aceptada por la comunidad.
Carmen, una de las primeras multiplicadoras que recibió una remuneración económica por su labor, dice que en ocasiones el trabajo es difícil porque las pláticas las tienen que hacer frente a las mujeres maltratadas y sus esposos.
“Ellos no nos dicen nada, pero también aprenden”, explica.
Un caso de San Elías es el de Celso Miguel Cobos Cruz, de 48 años de edad, quien dice que aprendió de las multiplicadoras, como Carmen, que no se debe pegar a la mujer.
Incluso comentan que a pesar que la violencia entre parejas de indígenas y de criollos o chabochis es similar, en el caso de los hombres tarahumaras aprenden más rápido y dejan de hacerlo casi de inmediato cuando se les dan las pláticas.
Celso Miguel así lo refiere y dice que antes para su familia y muchos de su comunidad el problema era la violencia en sus viviendas, contra las mujeres o los hijos.



viernes, 14 de diciembre de 2012

¿Porqué es importante utilizar lenguaje no sexista?


Lo que no se nombra no existe. Esto, trasladado al género, implica que el hecho de que las mujeres no tengan una representación simbólica en la lengua contribuye a su invisibilización. De ahí la necesidad, a fin de lograr el objetivo de la igualdad entre sexos, de hacer un uso del lenguaje que represente a las mujeres y a los hombres y que nombre sus experiencias de forma equilibrada.
Un lenguaje no sexista es aquel que no oculta, no subordina, no infravalora, no excluye. En 1973, recién iniciada la segunda ola del feminismo, el artículo “Language and Woman’s Place” [“El lenguaje y el lugar de la mujer”] de la lingüista norteamericana Robin Lakoff aparecido en la revista Signs [1], planteó por primera vez una reflexión académica en torno a la relación de hombres y mujeres con el lenguaje y sus usos.
En ese momento, se abrieron dos líneas de investigación que, con sus variaciones y particularidades, podemos definir como el “enfoque de la diferencia” y el “enfoque de la dominación” (Eckert y McConnell-Ginet, 2003:1):
• El enfoque de la diferencia estudia los diferentes usos del lenguaje por parte de las mujeres y los hombres.
• El enfoque de la dominación entiende el lenguaje como un medio más para la opresión de las mujeres.
Los estudios del sexismo en el lenguaje se enmarcaron en estos dos paradigmas hasta que la obra de Judith Butler, Gender Trouble, publicada en 1990, da paso a una nueva metodología de interpretación de la categoría “género”. De esta manera, el uso del lenguaje pasa a considerarse como un elemento más de los que intervienen en la construcción del género, entendido este como género performativo, es decir, basado en la adecuada “puesta en escena” de sus comportamientos socialmente asignados [2].
Así, una vez planteadas las primeras reflexiones sobre la discriminación en el lenguaje, comenzaron a surgir todo tipo de estudios y propuestas tendentes a su eliminación y/o corrección que, en los primeros años, se desarrollaron sobre todo en el mundo anglosajón, para ir después ampliándose a otros países y otras lenguas [3].
En España, las actuaciones encaminadas a la eliminación o corrección de los usos sexistas de la lengua estuvieron marcadas por los acontecimientos históricos por los que atravesó el país desde mediados de la década de 1970.
Dichos acontecimientos afectaron también a todo el desarrollo de los estudios de género y a la implantación de las primeras medidas y políticas de igualdad, que no verían la luz hasta mediados de la década de 1980 con el primer gobierno progresista desde la instauración de la democracia5.
La creación en 1983 del Instituto de la Mujer será fundamental para impulsar las actuaciones tendentes a la eliminación de los usos sexistas de la lengua. El primer Plan de Igualdad de Oportunidades (1988 – 1990) ya recogía la necesidad de revisar los textos reglamentarios para evitar usos y expresiones que reforzaran actitudes de desigualdad hacia las mujeres y, en 1989, se publicaron el primer folleto y la primera guía para la eliminación de los usos sexistas del lenguaje. Estos documentos tenían una clara intención divulgativa y sensibilizadora en cuanto a la necesidad de modificar las representaciones estereotipadas de hombres y mujeres. Los esfuerzos realizados culminarán con la creación, en 1994, de un grupo de trabajo dedicado específicamente a este tema, NOMBRA (no omitas a las mujeres, busca representaciones adecuadas), a cuyas integrantes se debe buena parte de la producción académica española sobre esta disciplina. Siguiendo esta línea, en 1995 el Ministerio de Educación y Ciencia publica una Orden por la que se adecua la denominación de los títulos académicos oficiales a la condición masculina o femenina de quienes los obtengan (BOE 28/3/95).
Las actuaciones iniciadas por el organismo de igualdad estatal sitúan a España en un lugar prevalente en el panorama internacional en cuanto a las Reformas No Sexistas de la Lengua. Sus equivalentes a nivel local y autonómico siguieron el ejemplo del organismo del Estado y, en la actualidad, se cuenta con gran número de publicaciones encaminadas a conseguir un lenguaje más inclusivo con las mujeres y que respete de manera clara los principios democráticos.
Una buena muestra de lo dicho se puede encontrar en la Actuación 1 del proyecto Web con Género,“Recopilatorio de recursos web sobre lenguaje no sexista”.
En nuestro país, la elaboración de estudios y guías que ayuden a la modificación de los usos del lenguaje ha estado fundamentalmente centrada en el ámbito administrativo. En esta misma línea de actuación, que pretende intervenir sobre el lenguaje con el objetivo de eliminar aquellos usos que dificulten un tratamiento igualitario entre mujeres y hombres, se sitúa el proyecto Web con Género, con la novedad de que su ámbito de aplicación son las Tecnologías de la Información y la Comunicación, centrando la intervención específicamente en el lenguaje utilizado en las páginas web.
En este sentido, cabe señalar que no todas las teorías sobre el lenguaje sexista están de acuerdo en torno a la necesidad de desarrollar acciones modificadoras del mismo. Así, a la cuestión tradicional de si el lenguaje reproduce o produce una determinada imagen del mundo, el feminismo añadió otra disyuntiva plasmada en el debate sobre la necesidad de intervenir sobre él para modificar la desigualdad social o, por el contrario, confiar en que una fuerte acción social igualitaria acabaría consiguiendo que el lenguaje se modifique por la propia inercia del cambio.
Esta dicotomía es apuntada por la lingüista Anne Pauwels de la siguiente manera:
Quienes apoyan la postura de que “el lenguaje refleja la realidad” se inclinan menos a promover una acción lingüística ya que dudan de que un cambio en el lenguaje lleve consigo el deseado cambio social. Argumentan que las prácticas sexistas en el lenguaje son el resultado de actitudes sexistas de quienes lo usan que además viven en comunidades que no promueven un tratamiento igualitario entre mujeres y hombres. (…) Por otro lado la postura de que “el lenguaje refleja la realidad social” no excluye del todo la pertinencia o incluso la necesidad de implementar una acción lingüística. De hecho, un grupo importante de quienes proponen guías oficiales para un uso no sexista de la lengua suscriben este punto de vista y, no obstante, argumentan a favor del cambio porque el cambio en la lengua va por detrás de los cambios en las prácticas sociales y culturales (1998: 84 – 85) [4]

Notas

[1] El artículo se convirtió en un libro del mismo nombre publicado en 1975 por la editorial Harper and Row. Su traducción al español es de 1981.
[2] Ver Cameron y Kulick (2003)
[3] 4 Para un recorrido por los principales trabajos sobre eliminación del sexismo en la lengua ver Pauwels (1998). 5 Para más información sobre el acceso a las primeras medidas de igualdad en España ver Viñuela (2003).
[4] The supporters of the ‘language reflects reality’ view are less strongly inclined to call for linguistic action since they doubt that language change would be able to bring about desired social change. They argue that sexist practices in language mainly result from prevailing sexist attitudes of their users who are living in communities which do not promote the equal treatment of women and men. (…) [Whereas] the ‘language reflects social reality’ view does not completely exclude the desirability of, or even necessity for, linguistic action. In fact, a substantial group of proponents of oficial guidelines for non-sexist language use subscribe to this view and nevertheless argue in favour of change because language change lags behind changes in social and cultural practices (1998: 84 – 85).


lunes, 10 de diciembre de 2012

Declaración Universal de los Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948 se promulgó la declaración Universal de los Derechos Humanos. Gracias al impulso definitivo y decidido de Eleanor Rooslvelt. La primera declaración mundial sobre la dignidad y la igualdad inherentes a tod@s las mujeres y hombres del mundo.
Foto: Eleanor Roosevelt, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos,
 para la redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos. 
A lo largo de la historia, los conflictos, ya sean guerras o levantamientos populares,  han producido a menudo como reacción a un tratamiento inhumano y a la injusticia declaraciones como; La Declaración de derechos inglesa de 1689, redactada después de las guerras civiles que estallaron en este país, surgió de la aspiración del pueblo a la democracia.

Exactamente un siglo después, la Revolución Francesa dio lugar, a la

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y su proclamación de igualdad.
 Sin embargo, muy a menudo, se considera que el Cilindro de Ciro, redactado en el año 539 a.C. por Ciro El Grande del Imperio Aqueménida de Persia (antiguo Irán) tras la conquista de Babilonia, fue el primer documento sobre derechos humanos. En cuanto al Pacto de los Virtuosos (Hilf-al-fudul) acordado por tribus árabes en torno al año 590 d.C., es considerado una de las primeras alianzas de derechos humanos.

Y después de la Segunda Guerra Mundial con la creación de las Naciones Unidas, la comunidad internacional se comprometió a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. Los líderes del mundo decidieron complementar la Carta de las Naciones Unidas con una hoja de ruta para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento.

El documento que más tarde pasaría a ser la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), se examinó en el primer período de sesiones de la Asamblea General, en 1946. La Asamblea revisó ese proyecto de declaración sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales y lo transmitió al Consejo Económico y Social para que lo "sometiera al análisis de la Comisión de Derechos Humanos y que ésta pudiera preparar una carta internacional de derechos humanos".
La Comisión, en su primer período de sesiones, celebrado a principios de 1947, autorizó a sus miembros a formular lo que denominó "un anteproyecto de Carta Internacional de Derechos Humanos".

La Comisión de Derechos Humanos estaba integrada por 18 miembros de diversas formaciones políticas, culturales y religiosas. Eleanor Roosevelt, la viuda del Presidente estadounidense Franklin D. Roosevelt, presidió el Comité de Redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Junto a ella se encontraban René Bassin, de Francia, quien redactó el primer proyecto de la Declaración, el Relator de la Comisión, Charles Malik, del Líbano, el Vicepresidente, Peng Chung Chang, de China, y el Director de la División de Derechos Humanos de Naciones Unidas, John Humphrey, de Canadá, quien preparó la copia de la Declaración. 
La Comisión se reunió por primera vez en 1947. En sus memorias, Eleanor Roosevelt recuerda:
"El Dr. Chang era un pluralista y mantenía de una manera encantadora que existía más de un tipo de realidad concluyente. La Declaración, decía, debería reflejar ideas que no se identificaran únicamente con el pensamiento occidental y el Dr. Humphrey tendría que saber aplicar un criterio ecléctico. Su comentario, aunque dirigido al Dr. Humprhey, en realidad estaba dirigido al Dr. Malik, quien no tardó en replicar explicando detenidamente la filosofía de Tomás de Aquino.El Dr. Humphrey se sumó con entusiasmo al debate, y recuerdo que en un momento dado el Dr. Chang sugirió que tal vez convendría que la Secretaría dedicara algunos meses a estudiar ¡los fundamentos del confucionismo!”

La versión definitiva redactada por René Cassin fue entregada a la Comisión de Derechos Humanos, que estaba sesionando en Ginebra. El proyecto de declaración enviado a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas para que formularan observaciones se conoció bajo el nombre de borrador de Ginebra.
El primer proyecto de la Declaración se propuso en septiembre de 1948 y más de 50 Estados Miembros participaron en la redacción final. En su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General, reunida en París, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Ocho naciones se abstuvieron de votar, pero ninguna votó en contra. Hernán Santa Cruz, de Chile, miembro de la Subcomisión de redacción, escribió:
“Percibí con claridad que estaba participando en un evento histórico verdaderamente significativo, donde se había alcanzado un consenso con respecto al valor supremo de la persona humana, un valor que no se originó en la decisión de un poder temporal, sino en el hecho mismo de existir – lo que dio origen al derecho inalienable de vivir sin privaciones ni opresión, y a desarrollar completamente la propia personalidad. En el Gran Salón... había una atmósfera de solidaridad y hermandad genuinas entre hombres y mujeres de todas las latitudes, la cual no he vuelto a ver en ningún escenario internacional”.

jueves, 6 de diciembre de 2012

LA OTRA HERENCIA: LOS DESAPARECIDOS investigación especial

Foto; cuartoscuro
Por: Adriana del Moral Espinosa - diciembre 4 de 2012


En México, durante el Calderonismo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tiene el registro de 24 mil 91 personas reportadas como extraviadas o no localizadas. Esta cifra es 17 veces mayor a la de los desaparecidos políticos en México entre 1962 y 1987, que según el “Informe de misión a México. Grupo de Trabajo de la ONU sobre las desapariciones forzadas”, fueron mil 350. LOS NÚMEROS TIENEN ROSTROS Cada una de esas ausencias tiene nombre, rostro y una familia que vive destrozada por la incertidumbre. Yahaira Guadalupe Bahena López es una de las desaparecidas.  La joven de 19 años fue sacada de su domicilio por un comando de hombres armados en Tlacolula de Matamoros, Oaxaca, el 13 de abril de 2011, y desde entonces no se sabe de ella.  Hacía casi dos años que estaba casada con un militar de fuerzas especiales y su madre Margarita López Pérez ha peregrinado por distintas instituciones para saber de su paradero. Margarita incluso realizó una huelga de hambre de siete días frente a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) para exigir a las autoridades respuesta sobre el caso de su hija y otros desaparecidos.

foto; cuartoscuro
El 20 de septiembre de 2011 le dijeron que había aparecido el cuerpo de su hija, pero ella ha realizado de manera particular estudios de ADN que han resultado negativos, por lo que solicitó la intervención del equipo de antropólogas argentinas que trabajan para la Corte Interamericana. Una de sus peticiones actuales es que se le entreguen los resultados de los estudios que el FBI realizó al cadáver hace seis meses. “Quiero saber si el cuerpo que está ahí es de mi niña o no, para poder darle sepultura, o de lo contrario que se pongan a buscarla”, explica entre lágrimas.


De acuerdo con la Procuraduría de Justicia del Estado de México (PGJEM), de enero del 2010 a febrero del 2012 se reportaron en total dos mil 509 personas ausentes, de las cuales 568 son mujeres menores de edad. Por su parte, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) registró tan sólo en 2011 más de 600 desapariciones de mujeres de entre 10 y 20 años en la entidad.

Tomado de SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/04-12-2012/449258. da clik para leer nota completa.