Este 25 de noviembre ¡Atención! | | Imprimir | |
Anahí Espíndola Pérez*académica de la Universidad Iberoamericana Puebla. | |
Puebla, lunes 15 noviembre 2010 - 19:48 hrs | |
El marco ético jurídico de los derechos humanos en defensa de las mujeres
El
25 de noviembre se conmemora el "Día internacional contra la violencia
hacía las mujeres", los noticieros le inundarán con información sobre
este grave problema. Le recomendamos que usted preste atención a las
notas en dos sentidos: 1) el tratamiento que los periodistas dan a las
mujeres que sufren de violencia; y 2) si la información contenida le
permite saber si la respuesta del Estado, en sus distintos órdenes de
gobierno, ha sido eficiente para enfrentar el problema.
Con
respecto al tratamiento de las mujeres en las notas, le anticipamos que
muchas de ellas terminan por culpabilizar a quienes sufren violencia y a
favorecer la impunidad de los hombres que la ejercen. Con frecuencia,
verá que las notas inician mencionando lo extendido del problema en
nuestro país y lo indignante que es. Sin embargo, conforme se narren
casos particulares, aparecerán frases similares a: "ella aguantó muchos
años hasta que…", "con frecuencia era golpeada y ella no hacía nada por
temor"; "cuando por fin tuvo el valor de denunciar…"
Aunque
contengan o provengan de la propia voz mujeres que narran su
experiencia, estas frases confunden porque dan la idea de un peso muy
grande de voluntad o aceptación de las mujeres para recibir la violencia
y para frenarla. En contraste, se menciona poco la actuación del hombre
violento ¿Cuántos de ellos recuerda que aparezcan en reportajes
anteriores contando su experiencia de control sobre su pareja?
Se
ha documentado que para obtener el control de manera violenta hay un
proceso que dura muchos años y va aumentando en intensidad con el
tiempo. Inicia con insultos y humillaciones, pasa al aislamiento de la
pareja (que se aleja de amigos y familiares) hasta llegar a los golpes o
heridas con armas (o la muerte).
Por
lo tanto, la violencia se ejerce contra la voluntad del otro. Es un
acto dirigido por quien ejerce la violencia, no por quien la recibe. Por
eso la definición en la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre
de Violencia del Estado de Puebla (2007) contiene las sentencias: "el
acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir" "ejercida por cualquier persona que tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad…" (subrayado nuestro).
Difícilmente
una persona que sufre violencia tendrá consciencia clara del
sometimiento de su voluntad, pero sí tendrá bastante culpa: si sufre
todavía de violencia por haberla "provocado"; si está en proceso de
recuperación por "no darse cuenta". Entonces cuando uno sólo ve la
posición de quien la sufrió, y no le han informado adecuadamente del
tema, será fácil que acepte la visión del sometido y que lo juzgue.
Precisamente,
la intervención para víctimas de violencia inicia por hacer consciente a
las mujeres de la violencia que están viviendo y de liberarlas de la
culpa por haberla sufrido Al contrario de los programas dirigidos a
hombres violentos, cuyo principio es lograr hacerlos responsables de la
violencia que ejercen y de sus consecuencias. De eso se deberían tratar
las campañas de prevención: de saber identificar la violencia y de
reconocer que posición jugamos frente a ella en nuestro entorno ¿La
sufrimos? ¿La ejercemos? ¿Cómo ayudarnos en ambos casos?
Juzgar y culpabilizar a
la víctima por su situación de violencia, a menudo no sólo se limita al
hecho de señalarla por no salir de su situación, sino que se extiende a
la condena por las actitudes de su pasado que la llevaron a vivir con
un hombre violento. La
"transferencia de responsabilidades a la víctima", es el término
adecuado para describir todo este fenómeno y es una práctica común entre
la comunidad, en proporción directa a nuestra desinformación con
respecto al tema de violencia.
Empero
tiene consecuencias enormes cuando la practican autoridades y
operadores de programas, quienes con frecuencia declaran frases como
estas: "Las mujeres se exponen debido a que no se cuidan"; "La violencia
es un acto permitido por algunas mujeres que no cuentan con información
o educación"; "Cuántas mujeres que son víctimas de violencia no saben
que es un delito"; "El sistema funciona, las leyes funcionan, el
problema es que la gente no sabe utilizarlos"; "La mujer que es víctima
de la violencia no cree en las instituciones y opta por no denunciar".
Todas
las mujeres tenemos el derecho a vivir una vida libre de violencia. El
Estado es responsable de vigilar, defender y proteger los derechos
humanos. En el caso de la violencia masculina contra las mujeres, está
obligado a combatirla impulsando todas las medidas necesarias para
garantizar la dignidad, el absoluto control y la libertad sobre sus
vidas y sus cuerpos. Por lo mismo, la actuación del Estado se evalúa no
en términos únicamente del fenómeno (si suben o bajan las mujeres
violentadas) sino en los instrumentos jurídicos y de política pública
efectivamente impulsados para educar a la comunidad, castigar a quienes
ejercen violencia, defender a quienes la reciben, etc.
¡Cuidado!
Cuando cargamos la culpa de la violencia a las propias mujeres que la
sufren, favorecemos su aislamiento y la impunidad de quienes la ejercen,
normalmente hombres. Este 25 de noviembre, usted cuestione: ¿Se trata
adecuadamente a las mujeres que sufren violencia? Los actos
conmemorativos del gobierno ¿son actos a favor de los derechos humanos o
se quedan en conmemorativos?
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