jueves, 26 de marzo de 2015

POSICIONAMIENTO PÚBLICO DEL OMBUDSMAN DE NOTICIAS MVS SOBRE LINEAMIENTOS A CONDUCTORES DE NOTICIAS MVS


CIUDAD DE MÉXICO, 15 DE MARZO 2015

Como consecuencia del aparente uso ilegal de su marca y el establecimiento de alianzas estratégicas sin autorización de la empresa, el pasado viernes 13 de marzo de 2015 MVS Radio dio a conocer los “Lineamientos aplicables a la relación entre Noticias MVS y los conductores de sus emisiones informativas” (Anexo 1), mismos que a partir de mañana, lunes 16 de marzo, deberán ser acatados por los titulares de las tres emisiones de Noticias MVS y por los conductores de los noticiarios locales de MVS Radio.

De acuerdo con el “Estatuto del Defensor de la Audiencia de Noticias MVS”, el Ombudsman tiene el objetivo de “preservar el derecho a la información de los radioescuchas de sus emisiones informativas”, “la libertad de expresión del medio” y fungir el papel de “intermediación entre las inquietudes del público y los procesos informativos y comunicacionales de periodistas y medio”. Asimismo “siempre que lo considere necesario… hará recomendaciones públicas o privadas a periodistas y medio para corregir o prevenir errores y prácticas viciadas que identifique en los contenidos informativos ya transmitidos, así como para mejorar aspectos éticos tanto del proceso informativo como de la toma de decisiones editoriales de los periodistas y del medio”.

Con base en lo anterior y considerando que los lineamientos del 13 de marzo tienen una implicación directa en tres ámbitos: la libertad de expresión de los periodistas, los derechos de las audiencias y el papel del Ombudsman o Defensor de la Audiencia como figura activa en el desarrollo de los mecanismos de autorregulación existentes, esta Defensoría emite el siguiente posicionamiento público:

1. Se reconoce a la empresa su decisión de hacer públicos los lineamientos a los que se sujetarán los conductores de las emisiones informativas de Noticias MVS. Sin lugar a dudas, se trata de una práctica que abona a la transparencia de la relación entre empresa y los periodistas, y sobre la cual no se tiene antecedente alguno en los medios de comunicación en México.

2. Esta Defensoría no fue consultada para emitir opinión previa sobre estos lineamientos, no obstante que incorpora elementos éticos y deontológicos de observancia obligatoria para los conductores de Noticias MVS.

3. Toda empresa, en este caso MVS Radio y Noticias MVS, tiene derecho de establecer las reglas de su relación con sus empleados, siempre y cuando dichas reglas no violen la ley ni los derechos fundamentales de los contratados. Cuando esta Defensoría analizó el caso del despido del periodista Jorge Armando Rocha (Anexo 2), expresamos:

En un medio electrónico es muy frecuente que la línea editorial sea determinada por el concesionario, aunque éste no tenga en ocasiones una formación periodística. Esto es así porque el concesionario es el responsable jurídico ante los diferentes órganos o instancias relacionadas con la regulación de contenidos. En ocasiones, hay periodistas que establecen un acuerdo verbal o un contrato por escrito con la empresa que los emplea para que realicen sus labores periodísticas sin que ésta tenga injerencia en la línea editorial de un espacio informativo porque basa su confianza en el profesionalismo y ética del periodista, así como en los valores universales del periodismo ético: equilibrio en las fuentes, veracidad de la información, derecho de réplica, etcétera, y está consciente de las obligaciones y derechos que se establecen en el título de concesión para la explotación de una frecuencia de radiodifusión.

4. En efecto, la periodista Carmen Aristegui, conductora de la primera emisión, tiene un contrato firmado con Noticias MVS, en cuyo Anexo B “sobre política editorial y reglas de conducta ética”, se establece una serie de lineamientos, entre los cuales destaca que “los titulares de cada una de las emisiones serán responsables finales del contenido y dinámica de sus espacios”, quienes “desarrollarán su tarea en un pleno ejercicio de libertad de expresión”. Es decir, con base en este Acuerdo, Carmen Aristegui tiene la decisión última respecto del contenido de su espacio informativo, aunque más adelante, en la parte relativa al Comité Editorial se afirma que “el contenido y la política editorial de las distintas emisiones de Noticias MVS es responsabilidad de conductores y empresa”. Hasta donde tenemos conocimiento este modelo de contrato no lo tienen los periodistas Luis Cárdenas, Ezra Shabot ni Alejandro Cacho.

Los lineamientos que MVS Radio aplicará desde el lunes 16 de marzo modifican unilateralmente las condiciones del contrato y Acuerdo firmado el primero de enero de 1999 con la periodista Carmen Aristegui y no son producto de una acción consensuada, como se hizo con el documento precedente, lo que tiene consecuencias jurídicas que esta Defensoría no tiene facultades de analizar.

En cuanto a la libertad editorial de la conductora en su noticiario, los lineamientos le imponen ciertas condiciones que no estaban consideradas en el Acuerdo mencionado, como el “derecho” de la empresa de “insertar secciones y cápsulas en las distintas emisiones, ya sean éstas de contenido cultural, político, social, etcétera, las cuales estarán a cargo de especialistas en la materia”, “abrir espacios a sus compañeros para realizar promoción respecto de investigaciones y/o insertarán contenido de otras emisiones como elementos destacados” y que la Dirección de Noticias MVS defina y autorice las suplencias y transmisiones especiales.

5. Los lineamientos imponen unilateralmente a los conductores un conjunto de obligaciones (asistir a las juntas del Comité Editorial, presentar por anticipado su agenda, realizar promociones cruzadas, cumplir con los horarios de transmisión, realizar transmisiones especiales donde se les ordene, hacer del conocimiento sus intereses personales o profesionales, entre otros), pero no refieren absolutamente nada de sus derechos (como se afirma en el primer punto de los lineamientos), salvo el recibir contraprestaciones por sus servicios. En ninguna línea se menciona su derecho de libertad de expresión durante las emisiones, lo que a esta Defensoría parece una grave omisión, contraria a la Constitución y diversas leyes.

6. También, desde nuestro punto de vista, hay una intromisión en la vida privada de los periodistas al estar obligados, por contrato, de informar sobre su pertenencia a “asociaciones, grupos, organismos gremiales, políticos o de la sociedad civil” y, por si fuera poco de su “participación accionaria en alguna otra empresa” y de los “ingresos obtenidos por labores diferentes a las realizadas para la empresa”. Algunas de estas obligaciones no tienen ninguna relación con el periodismo de calidad que se busca impulsar a partir de la aplicación de estos lineamientos.

7. Esta Defensoría manifiesta su beneplácito por el interés de MVS Radio de expedir el Código de Ética de Noticias MVS en un plazo máximo de seis meses. Es pertinente aclarar a la audiencia que la elaboración de este Código ha llevado más de tres años. Desde octubre del 2014 se interrumpió la revisión del proyecto, luego de que esta Defensoría emitiera la recomendación sobre el tratamiento periodístico en Noticias MVS de un caso de vida privada.

8. En relación con el Código de Ética, que deberá estar aprobado en seis meses, esta Defensoría considera que este instrumento de autorregulación periodística debe ser el documento deontológico rector de Noticias MVS, los conductores, los reporteros, los comentaristas, los redactores y su relación con la audiencia, por lo que los temas referentes a las “mejores prácticas de transparencia y ética profesional”, “independencia” y “ejercicio de la profesión”, incorporados en los lineamientos, deben tener una vigencia transitoria, mientras se analiza la pertinencia de agregarlos al Código de Ética, mediante un acuerdo consensuado entre empresa, conductores y periodistas, y no ser impuestos, como ahora ocurre. La ética, debe recordarse, no se impone.

9. En materia de los derechos de las audiencias y la labor del Defensor de la Audiencia de Noticias MVS, esta Defensoría observa otra omisión muy importante en los lineamientos. En el punto dos del documento, se establece que a través del Comité Editorial (en el que participan empresa y conductores) se cumplirá “con las demandas de nuestra audiencia, a la que escucharemos a través de estudios profesionales de mercado que realizarán empresas especializadas y de gran prestigio”. Es decir, no existe ahora, contractualmente, la obligación de los conductores ni de la empresa de oír y dar seguimiento a las quejas, sugerencias y comentarios de la audiencia a través del Ombudsman, pero sí vía los “estudios profesionales de mercado”. Tampoco se sugiere dar respuesta a las recomendaciones del Defensor de Audiencia, a pesar de la vigencia del “Estatuto del Defensor de la Audiencia de Noticias MVS”, de las obligaciones derivadas de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y del compromiso ético que se busca refrendar con los lineamientos.

10. Los lineamientos, en el punto 5, violan lo establecido en el “Estatuto del Defensor de la Audiencia de Noticias MVS” en cuanto a la elección del Ombudsman. Los lineamientos dicen que el nombramiento del defensor de la audiencia se determinará de manera consensuada entre los conductores y el Director de Noticias MVS. El Estatuto, en vigencia, precisa que esta figura será seleccionada “por la presidencia de MVS Radio entre una terna de candidatos”, presentada por los periodistas. Este es otro punto que requiere corregirse.

11. En conclusión, estamos frente a una decisión de empresa de llevar directamente, a través del Director de Noticias MVS, la agenda informativa de los noticiarios, coordinar la unidad de investigaciones especiales (que estaba bajo la dirección de la periodista Carmen Aristegui), nombrar (en conjunto con los conductores) a sus colaboradores; modificar segmentos, mesas de debate, participación de comentaristas o secciones con base en los estudios de “empresas especializadas”, insertar libremente contenidos en las emisiones (sin acuerdo con los conductores), prescindir de los corresponsales extranjeros “para optimizar recursos financieros” (lo que tendrá implicaciones en la calidad de la información internacional que se ofrece a la audiencia) y ordenar la transmisión de los noticiarios desde cualquier localidad que se indique.

En el trabajo cotidiano, esto en mayor o menor medida se cumplía en las diferentes emisiones, con excepción, por contrato, del noticiario que dirigía Carmen Aristegui, por lo que se reitera respetuosamente el exhorto a MVS Radio y a la periodista para llegar a un acuerdo que privilegie los derechos de la audiencia, el periodismo de calidad y la libertad de expresión de los periodistas y el medio.